DONATARIAS AUTORIZADAS

Revocación de donatarias por el SAT: lo que no te están diciendo y cómo defenderte

Lic. Tulio Antonio Salanueva Brito
Abril 2026
12 min de lectura

Lic. Tulio Antonio Salanueva Brito

Abogado Fiscalista | Ex Secretario de Acuerdos del TFJA

Una política de fiscalización más agresiva

Lo que está ocurriendo con las donatarias autorizadas en México no es un hecho aislado. Es parte de una política de fiscalización más estricta, en la que el SAT está utilizando herramientas legales existentes con un nivel de intensidad que no se había observado en años.

En 2025, la autoridad revocó la autorización a 270 donatarias de un padrón superior a 10 mil organizaciones.

El mensaje institucional ha sido claro: las revocaciones siguen el procedimiento previsto en el artículo 82-Quater de la Ley del ISR y respetan el derecho de audiencia.

"Una revocación no es una sentencia definitiva."

El verdadero impacto de perder la autorización

Perder el carácter de donataria autorizada no es un tema administrativo menor. Tiene consecuencias inmediatas:

  • Los donantes pierden el incentivo fiscal

  • La organización puede quedar sujeta al pago de ISR

  • Se compromete la operación financiera de la entidad

En muchos casos, esto pone en riesgo la continuidad misma de la organización.


El problema no es la facultad… sino su aplicación

El SAT tiene facultades legales para revocar autorizaciones.

El problema, en algunos casos, es cómo se están aplicando esas facultades:

Interpretaciones extensivas del objeto social

Requerimientos documentales excesivos

Valoraciones restrictivas

Errores en notificaciones o procedimiento

Esto abre un espacio real para la defensa legal.

"No toda causal correctamente citada está correctamente aplicada."

Las causales más frecuentes de revocación

  • 1

    Falta de documentación que acredite actividades

  • 2

    Actividades fuera del objeto autorizado

  • 3

    Incumplimientos en declaraciones informativas

  • 4

    Falta de acreditación científica

  • 5

    Relación con EFOS

El procedimiento: donde se gana o se pierde el caso

El procedimiento de revocación es el campo de batalla jurídico.

Cada etapa es clave:

Notificación del oficio Derecho de audiencia Resolución Publicación

Un error puede significar la nulidad.

Plazos fatales: el mayor riesgo

Una vez emitida la resolución, el tiempo corre en tu contra:

Recurso de Revocación

30

días hábiles

Juicio de Nulidad

30

días hábiles

Si el plazo vence, la revocación queda firme.

"El mayor riesgo no es la revocación, es no actuar."

Las vías reales de defensa

Subsanación

Regularizar incumplimientos antes de la resolución final

Recurso de Revocación

Ante la misma autoridad que emitió la resolución

Juicio de Nulidad ante el TFJA

Impugnación ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Amparo indirecto

Protección constitucional contra actos que vulneren derechos

Las resoluciones sí pueden revertirse cuando la defensa está bien construida.


Conclusión

El entorno fiscal es más agresivo.

La diferencia no está en el problema, sino en la estrategia.

"Detrás de cada revocación hay una decisión: aceptar el resultado… o defenderlo correctamente."

— Lic. Tulio Antonio Salanueva Brito

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